Servicios
l - Informar los proyectos normativos de la Junta de Andalucía sobre las condiciones generales del ejercicio profesional, funciones, honorarios profesionales y sobre el régimen de incompatibilidades que afecten a la profesión farmacéutica.
m - Convocar y coordinar la celebración de elecciones a los Órganos del Consejo y de los Colegios, velar por el cumplimiento de las condiciones exigidas por las Leyes, Estatutos y reglamentos en la presentación y proclamación de candidatos, votación, escrutinio y proclamación de electos, resolviendo los recursos que pudieran formularse en el curso del proceso electoral. n - Adoptar las medidas necesarias para que los Colegios cumplan las resoluciones dictadas por el Consejo Andaluz en materia de su propia competencia. o - Colaborar y relacionarse en el ejercicio de sus funciones con otros Organismos, tanto nacionales como extranjeros afines, Facultades de Farmacia, Academias de Farmacia, en especial la Iberoamericana, en todo lo que sea de interés para la profesión. p - Realizar cuantas actividades se consideren de interés para la profesión farmacéutica, creando al efecto y organizando las instituciones y servicios necesarios o convenientes que tengan por objeto la formación profesional y cultural, las especialidades farmacéuticas, la asistencia social sanitaria y la cooperación mutua. q - Las demás que le sean atribuidas de acuerdo con la legislación vigente, o en su caso, delegadas por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. |
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