Fuente: Diario Médico

Fuentes jurídicas han explicado que la admisión a trámite implica en la práctica la paralización automática de la subasta durante un plazo de cinco meses. En ese tiempo en el que el Constitucional deberá decidir si conviene mantener la suspensión cautelar hasta que se falle definitivamente sobre el asunto (lo que podría tardar más de un año) o si el perjuicio que tendría volver a poner en marcha la subasta no justifica su suspensión cautelar. Lo más probable es que el Tribunal Constitucional actúe en este caso tal y como lo hizo en el recurso sobre el catálogo gallego de medicamentos, suspendiendo durante cinco meses la norma autonómica, pero reinstaurándola posteriormente a falta de un fallo definitivo por no ver justificada la necesidad de medidas cautelares (ver DM del 7-II-2011 y del 29-VI-2011).

En el caso de la subasta de medicamentos andaluza las consecuencias prácticas de la suspensión son en realidad escasas si se tiene en cuenta que siete de los once laboratorios adjudicatarios decidieron dar plantón a la Junta de Andalucía el día de la firma de los contratos, reduciendo por tanto de forma muy significativa el impacto de la subasta y dejando en muy difícil situación la posible convocatoria de nuevas subastas, a la que no ha renunciado la Consejería de María Jesús Montero.

El Gobierno había recurrido la norma autonómica, con el apoyo del Consejo de Estado, por invasión de competencias estatales de farmacia

El recurso del Gobierno central contra la subasta andaluza se decidió interponer tras conocerse un informe del Consejo de Estado que veía serios indicios de inconstitucionalidad en la norma autonómica por invasión de competencias estatales y por crear desigualdad entre los ciudadanos de distintas autonomías, entre otras cuestiones. El informe del Consejo de Estado argumentaba que la subasta andaluza excluía fármacos de la financiación pública, pese a que esa es una competencia estatal y no autonómica y que desvirtuaba el régimen de precios y de dispensación de fármacos que tiene carácter nacional. Además, explicaba que el objetivo de reducir el gasto no justificaba por sí mismo la invasión de competencias.