Presentación

Saludo del Presidente

Esta página web pretende ser el punto de encuentro de los ocho Colegios de Farmacéuticos andaluces, y por supuesto de sus colegiados. Y pretende ser también una pequeña ventana digital abierta a la sociedad andaluza: a nuestros interlocutores en la Administración y en la Industria, a las asociaciones de consumidores y, sobre todo, a las de pacientes, y al resto de fuerzas vivas de la sociedad civil, y, en general, a todos los ciudadanos.

Los tiempos cambian, e igual que nuestra profesión farmacéutica ha sufrido una profunda transformación, también han evolucionado y seguirán evolucionando las formas de comunicación. Internet se ha convertido en un vehículo de información imprescindible, una plataforma ágil y eficaz que este Consejo Andaluz pretende aprovechar para conectarse con todos sus públicos.

Somos un Consejo plenamente consolidado en sus funciones de representación e interlocución ante los organismos regionales, con cada vez mayores competencias y con un papel activo y de gran relevancia para el futuro de la Farmacia andaluza y de los profesionales que la sirven.

Creo que ese papel quedará bien reflejado en este portal, que gustosamente ponemos a vuestra disposición, el cual aspiramos a que sea un medio de comunicación muy vivo, dinámico, que sepa recoger la actualidad de la Farmacia en nuestra Comunidad, así como el posicionamiento del Consejo Andaluz en los temas de mayor importancia para la profesión farmacéutica, además, por supuesto, de todas nuestras actividades, sirviendo de herramienta para ofrecer información útil y novedosa a todos los colegiados.

Antonio Mingorance Gutiérrez

Historia

El germen del actual Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos es la Federación de Colegios de Andalucía, Ceuta y Melilla, creada en 1978 y dotada de personalidad jurídica tres años más tarde. Los promotores de la Constitución de la Federación fueron Guillermo Verdejo Vivas, por el Colegio de Almería, Evelio Carabot de Porras, por el Colegio de Cádiz, José Riscos Illescas, por el Colegio de Córdoba, Francisco Ortiz de Saracho, por el Colegio de Granada, Francisco Vázquez Carrasco, por el Colegio de Huelva, Francisco Peinado Barberán, por el Colegio de Jaén, Juan Salvador Martín Ruiz, por el Colegio de Málaga, Rafael Álvarez Colunga, por el Colegio de Sevilla, Francisco Trujillo González, por el Colegio de Ceuta, y Julio Bassets Rutllant, por el Colegio de Melilla. Entonces, aún no existía el Estado de las Autonomías, y desde luego las competencias sanitarias no estaban delegadas, pero en la farmacia andaluza empezaba a florecer un sentimiento de unidad y de identidad común, y sobre todo en los colegios comenzaba a cuajar una conciencia muy nítida y anticipadora del valor de una defensa común ante los poderes públicos.

El último Comité Ejecutivo de la primitiva Federación Andaluza de Colegios de Andalucía, Ceuta y Melilla estuvo constituido por Alfonso Pérez Alberni, del Colegio de Cádiz, como Presidente; Ricardo Jiménez Hernández, del Colegio de Granada, como Vicepresidente; Rafael Muñoz Montes, del Colegio de Jaén, como Secretario; Manuel Arenas Vargas, del Colegio de Sevilla, como Vicesecretario; Marino Martínez Pierrugues, del Colegio de Málaga, como Tesorero; Manuel Fuentes Rodríguez, del Colegio de Granada, como Contador; y los vocales Rafael Díaz Mantis, del Colegio de Huelva; Rafael Durbán Córdoba, del Colegio de Almería; Fernando Grande González de Canales, del Colegio de Córdoba; Antonio González Ruiz, del Colegio de Sevilla; Juan Salvador Martín Ruiz, del Colegio de Málaga; José H. Alonso Cascales, del Colegio de Cádiz; y Juan B. Romero Rabadán, del Colegio de Huelva.

Este equipo desarrolló una labor de enorme importancia e intensidad, mostrando una gran capacidad de trabajo y de diálogo con la administración andaluza. Tanto es así que ésta consideró a la Federación, aún sin el estatus de Consejo Andaluz, como una interlocutora válida en sus relaciones con los colegios andaluces de farmacéuticos, y muestra de ello fueron los convenios suscritos con la R.A.S.S.A. y posteriormente el S.A.S.

En 1994 se celebraron elecciones y el Comité Ejecutivo fue renovado. Manuel Fuentes Rodríguez, presidente del Colegio de Granada, fue nombrado Presidente de la Federación. El resto de responsabilidades se las repartieron Marino Martínez Pierrugues, presidente del Colegio de Málaga, que fue nombrado Vicepresidente; Manuel Arenas Vargas, del Colegio de Sevilla, que fue nombrado Secretario; Antonio Mingorance Gutiérrez, del Colegio de Granada, que fue nombrado Vicesecretario; Guillermo Rodríguez Barciela, del Colegio de Málaga, que fue nombrado Tesorero; Rafael Durbán Córdoba, presidente del Colegio de Almería, que fue nombrado Contador; y los vocales Jorge Martín Rodríguez, Fernando Grande González de Canales, Antonio Morillo Crespo, Antonio González Muñoz, Rafael Díaz Mantis y Rafael Muñoz Montes.

Este equipo fue el que impulsó la elaboración de los Estatutos necesarios para la transformación de la Federación a Consejo Andaluz y el que solicitó en 1996 a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía la calificación legal de esos Estatutos. Tras diferentes borradores y varias desestimaciones, la aprobación final llegó mediante Orden de 20 de enero de 1997. Comenzaba desde ese momento la andadura oficial del Consejo Andaluz como órgano de representación de la profesión farmacéutica frente a la Administración Sanitaria Andaluza.

En el año 2000 se celebraron las primeras elecciones al Consejo Andaluz, elecciones que llevaron a Manuel Arenas a la Presidencia del Consejo. Acompañaban a Arenas en ese primer Comité Ejecutivo los siguientes miembros: como Vicepresidente, Marino Martínez Pierrugues, presidente del Colegio de Málaga; como Secretario, Antonio Mingorance Gutiérrez, del Colegio de Granada; como Vicesecretario, Antonio Morillo Crespo, Presidente del Colegio de Cádiz; como Tesorero, Juan B. Romero Rabadán, del Colegio de Huelva; como Contadora, Pepita Ortega Martínez, Presidenta del Colegio de Almería; y como vocales, Fernando Grande González de Canales, Presidente del Colegio de Córdoba; Manuel Fuentes Rodríguez, presidente del Colegio de Granada; Rafael Díaz Mantis, presidente del Colegio de Huelva; Rafael Muñoz Montes, Presidente del Colegio de Jaén; Manuel Pérez Fernández, presidente del Colegio de Sevilla; y Mª Victoria Pareja Pugnaire, del Colegio de Málaga.

Durante los siete años que trabajó este Comité Ejecutivo, el diálogo constante con la administración y la defensa del modelo asistencial de farmacia fueron los vértices principales de su actuación. Durante este tiempo, el Consejo Andaluz pudo sacar adelante la firma del convenio con el SAS por un período de cinco años, y su renovación por otro período igual, e impulsó y negoció de forma incansable la Ley de Farmacia de Andalucía, que sin embargo acabaría cuajando con el siguiente Comité Ejecutivo, y con una redacción que no logró recabar el consenso necesario de todos los agentes implicados.

En el año 2007 se celebraron nuevas elecciones en el Consejo Andaluz, que dejaron el Comité Ejecutivo con la siguiente composición: Manuel Arenas Vargas como Presidente; Felipe Trigo Romero, Presidente del Colegio de Cádiz, en la Vicepresidencia; Antonio Mingorance Gutiérrez, del Colegio de Granada, y Juan Pedro Vaquero Prada, del Colegio de Sevilla, ocupando la Secretaría y Vicesecretaría, mientras que el Tesorero sería Francisco L. Peinado Martínez, Presidente del Colegio de Huelva, y el Contador, José Manuel Arias de Saavedra Alías, Presidente del Colegio de Jaén. Los Vocalías correspondieron a Pepita Ortega Martínez, Presidenta del Colegio de Almería, José Ramón Zamora Cabeza, del Colegio de Cádiz, Fernando Grande Gonzáles de Canales, Presidente del Colegio de Córdoba, Manuel Fuentes Rodríguez, Presidente del Colegio de Granada, Javier Tudela Von Schmiterlöw, del Colegio de Málaga, Francisco J. Florido Alba Málaga, también del Colegio de Málaga, y Manuel Pérez Fernández, Presidente del Colegio de Sevilla.

Como ya se ha comentado, con este Comité Ejecutivo se aprobó la Ley de Farmacia de Andalucía así como la Orden de 8 de abril de 2010 de convocatoria de concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia. Además, en estos últimos años, así como en los primeros de la Presidencia de Manuel Arenas, el Consejo Andaluz colaboró de forma estrecha con la administración andaluza en el diseño y desarrollo de políticas para favorecer la sostenibilidad del modelo asistencial de farmacia y mejorar la calidad de la prestación farmacéutica. Así, y con la colaboración de la farmacia, nuestra Comunidad fue pionera en el fomento de los genéricos y las políticas de prescripción por principio activo, así como en la implantación y extensión de la receta electrónica.

Finalmente, el Consejo Andaluz desarrolló en estos años una intensa labor de formación, sensibilización y prevención, participando de forma activa con sus campañas sanitarias en la promoción de hábitos de vida saludable en la sociedad andaluza, labor que se continúa desarrollando hoy día.

Tras las elecciones de abril de 2012 accedió a la Presidencia del Consejo Andaluz Antonio Mingorance Gutiérrez, que revalidó el cargo en octubre de 2015 y posteriormente en enero de 2020 y febrero de 2024.

Se trata de una etapa continuista, basada en el diálogo y la negociación, y en la que, a pesar de las discrepancias lógicas al defenderse en ocasiones desde distintos puntos de vista el papel que juega la Farmacia en la sociedad y dentro del sistema sanitario, ha llevado a un estado de entendimiento fluido con la Administración.

Nuestros Fines

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica y plena capacidad, que coordina a los ocho Colegios Oficiales de Farmacéuticos existentes en la Comunidad Autónoma Andaluza, y que están integrados en él (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla). Su objeto es la representación de la profesión farmacéutica ante la Junta de Andalucía y demás Administraciones Públicas, ejerciendo las funciones que le asignan la legislación vigente y sus propios estatutos, así como cualesquiera otras disposiciones legales que les sean de aplicación. El Consejo Andaluz viene ejerciendo como tal estas funciones desde el año 1994, aunque tiene su antecedente más remoto en la Federación Andaluza de Colegios de Andalucía, Ceuta y Melilla (creada en 1978), y fue dotado de personalidad jurídica en 1997.

El Consejo Andaluz se rige por la Constitución Española y por la Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, además de por sus propios Estatutos. Los primeros fueron sancionados legalmente por Orden de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de 20 de enero de 1997 (BOJA del 18/02/1997), y posteriormente modificados en sendas ocasiones por la Orden de la Consejería Gobernación y Justicia de 16 de diciembre de 1999 (BOJA del 13/01/ 2000) y la Orden de 10 de febrero de 2005 de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA del 28/03/ 2005). Esta última reforma respondió a la necesidad de adaptar los Estatutos al nuevo marco legal creado por la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.

Posteriormente, los Estatutos del Consejo Andaluz también se modificaron en un texto refundido que fue aprobado en la Orden de 5 de junio de 2014, de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía (publicado en el BOJA núm. 111, de 11 de junio de 2014).

En la actualidad, los Estatutos vigentes son los que figuran en la Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (publicado en el BOJA núm. 209 de 31 de octubre de 2023), por la que se aprueba la modificación de dichos estatutos y se dispone su inscripción en el Registro de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.

Además, el Consejo Andaluz cuenta también con unos Reglamentos de Medallas al Mérito e Insignias, así como con un Reglamento por el que se regula la concesión de Becas para Tesis Doctorales y Trabajos de Investigación.

Los fines del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos vienen definidos en sus Estatutos y son los siguientes:
  1. La colaboración con los poderes públicos en la reglamentación de las condiciones generales del ejercicio de la profesión farmacéutica en todas sus modalidades.
  2. La ordenación dentro del marco que establezcan las leyes y la vigilancia del ejercicio de la profesión.
  3. La representación, defensa y promoción de los intereses generales de la profesión en la Comunidad Autónoma Andaluza; en especial, en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
  4. Velar para que la actividad profesional de los Farmacéuticos se adecue a los intereses y al bienestar de los ciudadanos; y, por tanto, coadyuvar a la mejor resolución de los problemas relacionados con la salud.
  5. Asimismo, la protección de los intereses de consumidores y usuarios respecto de los servicios profesionales de sus colegiados, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Administración Pública y a las organizaciones de consumidores y usuarios.

Para el cumplimiento de sus objetivos, el Consejo Andaluz de Colegio de Farmacéuticos ejerce las siguientes funciones y presta los siguientes servicios:

  1. Coordinar la actuación de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Andalucía, sin perjuicio de la autonomía y competencia de cada uno de ellos.
  2. Representar a la profesión en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y ante el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España.
  3. Elaborar las normas deontológicas comunes a la profesión farmacéutica y velar por su cumplimiento.
  4.  Modificar sus propios Estatutos de forma autónoma, sin más limitaciones que las impuestas por el ordenamiento jurídico.
  5. Dirimir los conflictos que puedan suscitarse entre los Colegios de Farmacéuticos de Andalucía.
  6. Resolver los recursos que se interpongan contra los actos y acuerdos de los Colegios sujetos a Derecho Administrativo.
  7. Actuar disciplinariamente sobre los miembros del Consejo, así como sobre los componentes de las Juntas de Gobierno de los Colegios integrados.
  8. Aprobar su propio presupuesto, memoria, balance y cuentas de resultados.
  9. Determinar equitativamente la aportación económica de los Colegios en los gastos del Consejo.
  10. Informar con carácter previo a su aprobación por la Administración de la Junta de Andalucía los proyectos de fusión, absorción, segregación y disolución de los Colegios de Farmacéuticos de Andalucía.
  11. Ejercer las funciones que se deriven de Convenios de colaboración con las Administraciones Públicas.
  12. Informar los proyectos normativos de la Junta de Andalucía sobre las condiciones generales del ejercicio profesional, funciones, honorarios profesionales y sobre el régimen de incompatibilidades que afecten a la profesión farmacéutica.
  13. Convocar y coordinar la celebración de elecciones a los Órganos del Consejo y de los Colegios, velar por el cumplimiento de las condiciones exigidas por las Leyes, Estatutos y Reglamentos en la presentación y proclamación de candidatos, votación, escrutinio y proclamación de electos, resolviendo los recursos que pudieran formularse en el curso del proceso electoral.
  14. Adoptar las medidas necesarias para que los Colegios cumplan las resoluciones dictadas por el Consejo Andaluz en materia de su propia competencia.
  15. Colaborar y relacionarse en el ejercicio de sus funciones con otros Organismos, tanto nacionales como extranjeros afines, Facultades de Farmacia, Academias de Farmacia, en especial la Iberoamericana, en todo lo que sea de interés para la profesión.
  16. Realizar cuantas actividades se consideren de interés para la profesión farmacéutica, creando al efecto y organizando las instituciones y servicios necesarios o convenientes que tengan por objeto la formación profesional y cultural, las especialidades farmacéuticas, la asistencia social sanitaria y la cooperación mutua.
  17. Crear y mantener un registro actualizado de colegiados como sistema de información integrado en el que conste, al menos, testimonio auténtico de título académico oficial, nombre y apellidos del colegiado, número de colegiado, fecha de alta, domicilio profesional, datos relativos a los títulos de especialista en su caso, situación de habilitación profesional, firma actualizada así como el aseguramiento a que se refiere el artículo 27.c) de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, y el resto de datos a que se refiere el artículo 5.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las profesiones sanitarias y demás normativa reglamentaria vigente. Dicho registro deberá instalarse en soporte digital y gestionarse con aplicaciones informáticas que permitan su integración sincrónica con el Registro de Profesionales Sanitarios de Andalucía y con los sistemas de información utilizados por las Administraciones Públicas, para la debida intercomunicación de información de datos. Al propio tiempo, facilitar a las Administraciones Públicas los datos contenidos en su sistema de información establecidos en la legislación estatal. Estos registros permitirán su consulta por los ciudadanos.
  18. Crear y gestionar el registro de sociedades profesionales en que deberán constar la denominación o razón social y domicilio, fecha y reseña de la escritura de constitución y notario autorizante, duración de la sociedad, actividad o actividades profesionales que constituyan su objeto, identificación de socios, y número de colegiado, e identificación de quienes se encarguen de la administración y representación.
  19. Suscribir el Convenio con el Servicio Andaluz de Salud por el que se fijen las condiciones para la ejecución de las prestaciones farmacéuticas a través de las oficinas de farmacia.
  20. Las demás que le sean atribuidas de acuerdo con la legislación vigente, o en su caso, delegadas por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.

Estatutos

Los primeros Estatutos del Consejo Andaluz fueron aprobados por Orden de 20 de enero de 1997 y reformados posteriormente en 1999 y 2005, en sendas modificaciones aprobadas por Orden de 16 de diciembre de 1999 (BOJA 13 de enero de 2000), y Orden de 10 de Febrero de 2005 (BOJA 28 de marzo de 2005). Esta última reforma respondió a la necesidad de adaptar los Estatutos al nuevo marco legal creado por la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora los Colegios Profesionales de Andalucía. Posteriormente, los Estatutos del Consejo Andaluz también se modificaron en un texto refundido que fue aprobado en la Orden de 5 de junio de 2014, de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía (publicado en el BOJA núm. 111, de 11 de junio de 2014).

En la actualidad, los Estatutos vigentes son los que figuran en la Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (publicado en el BOJA núm. 209 de 31 de octubre de 2023), por la que se aprueba la modificación de dichos estatutos y se dispone su inscripción en el Registro de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.

Órganos de Gobierno

Nombre y apellidos Cargo Cargo en COF
D. Antonio Mingorance Gutiérrez Consejero y Presidente
D. Ernesto Cervilla Lozano Consejero y Vicepresidente
Dª. Gema I. Martínez Soler Consejera y Vicetesorera Presidenta Almería
Dª. Patricia R. Reche Alonso Consejera Secretaria COF Almería
D. Salvador Alberto Virués Ávila Consejero Presidente COF Cádiz
Dª. Sandra Pérez López Consejera Secretaria COF Cádiz
D. Rafael Casaño de Cuevas Consejero y Tesorero Presidente COF Córdoba
D. Antonio J. Ortega Gallego Consejero Secretario COF Córdoba
D. Juan Eloy Jiménez Lorenzo Consejero Presidente COF Granada
D. Francisco Cobo Jiménez Consejero Tesorero COF Granada
D. Jorge Juan García Maestre Consejero y Secretario Presidente COF Huelva
Dª. Inmaculada Rite Zambrano Consejera Secretaria COF Huelva
D. Juan Pedro Rísquez Madridejos Consejero Presidente COF Jaén
D. Cristóbal Almazán Alonso Consejero Tesorero COF Jaén
D. Francisco Criado Martínez (*) Consejero Presidente COF Málaga
Dª. Tamara Panadero Rodríguez Consejero y Vicesecretaria Secretaria COF Málaga
D. Jaime Román Alvarado Consejero Presidente COF Sevilla
Dª. Macarena Pérez Ruiz Consejera Vicepresidenta COF Sevilla

(*) Miembro nato, pendiente de toma de posesión en la siguiente sesión del Pleno, al no estar presente en la sesión constitutiva.

Cargo Nombre y apellidos
Presidente D. Antonio Mingorance Gutiérrez
Vicepresidente D. Ernesto Cervilla Lozano
Secretario D. Jorge Juan García Maestre
Vicesecretaria Dª. Tamara Panadero Rodríguez
Tesorero D. Rafael Casaño de Cuevas
Vicetesorera Dª. Gema I. Martínez Soler