A través de la Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia se modifican los topes máximos que se pueden pagar al mes, de modo que los pensionistas que antes pagaban 8 euros como tope al mes por tener rentas anuales inferiores a los 18.000 euros pasarán a pagar 8,14 euros. En el caso de los que tenían fijado el tope en 18 euros al mes (aquellos con rentas de entre 18.000 y 100.000 euros anuales) pagarán a partir de mañana 18,32 euros de máximo; mientras que los que tienen rentas de más de 100.000 euros anuales tendrían como tope 61,08 euros al mes.
La subida del IPC también afectará a los medicamentos ATC de aportación reducida. Todos ellos tienen un copago del 10 por ciento para todos los pacientes, con un tope máximo de 4,13 euros que ahora pasaría a ser de 4,20 euros. Dicha aportación máxima se aplicará igualmente a los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida. Asimismo, se aplicará a la participación en el pago a satisfacer por los enfermos de SIDA, de los medicamentos financiado por el Sistema Nacional de Salud dispensados a través de receta oficial.
Esta actualización de precios se llevará a cabo nuevamente cada mes de enero, de acuerdo a la disposición adicional sexagésima séptima de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, que establece que los límites máximos de la cuantía de aportación mensual de los usuarios en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud se adaptará de forma automática cada mes de enero en función del IPC interanual. En todo caso, dicha actualización se hará pública mediante resolución de la unidad competente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Puede consultar la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado a través de este enlace
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